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¿ De que se trata ?

El testamento, es un acto jurídico mediante el cual una persona humana puede disponer libremente de sus bienes (por ejemplo, inmuebles) o derechos extrapatrimoniales (por ejemplo, reconocimiento de un hijo) para después de su muerte, respetando las porciones legítimas legales (partes de la herencia de la que ciertos herederos no pueden ser privados), dispuestas por el Código Civil y Comercial Argentino.

¿ Cuál es la edad mínima para hacer un testamento ?

Actualmente, pueden testar las personas mayores de edad (18 años) al tiempo del acto.

¿ Como se deben interpretar las disposiciones insertas en un testamento ?

Las disposiciones testamentarias, deben interpretarse adecuándolas a la voluntad real del causante fallecido según el contexto total del acto.

Las palabras empleadas, deben ser entendidas en el sentido corriente, excepto que surja claro que el testador (persona que otorga el testamento) quiso darles un sentido técnico.

¿ Que es un testamento ológrafo ?

Es el testamento otorgado de puño y letra del testador.

¿ Cuales son los requisitos para redactar un testamento ológrafo en argentina ?

El testamento ológrafo debe ser:

✒ Íntegramente escrito de puño y letra del testador, con los caracteres propios del idioma en que es otorgado,

Fechado y firmado por la mano misma del testador,

✒ La firma debe estar después de las disposiciones,

✒ La fecha puede ponerse antes de la firma o después de ella.

¿ El testamento ológrafo puede ser redactado en distintas fechas ?

Si. No es indispensable redactar el testamento ológrafo de una sola vez, ni en la misma fecha.

El testador, puede consignar sus disposiciones en épocas diferentes, sea fechándolas y firmándolas por separado o, poniendo a todas ellas la fecha y la firma el día en que termine el testamento.

Ejemplo simple de testamento ológrafo.

Al solo efecto orientativo y para graficar la temática, se esboza un párrafo que cumple con las características mínimas de un testamento ológrafo, aclarando que usualmente contiene mas elementos y su redacción es mas extensa, sin dejar de destacar también que, siempre recomendamos la consulta profesional como único elemento irremplazable para conocer adecuadamente sus derechos y en consecuencia -previo análisis de la situación jurídica familiar-, proceder a la redacción adecuada de un documento de ultima voluntad que cumpla con los objetivos propuestos por el testador.

“Ciudad de Buenos Aires, 1 de octubre del año 2020. Mi nombre es Julián Perez, DNI …, mi estado civil es soltero y no he dejado descendencia. Es mi voluntad dejar todos mis bienes a mi vecina María González, DNI … Firma del testador”.

¿ Como debe procederse ante un testamento ológrafo, en un tramite de sucesión ?

Si el testamento es ológrafo, debe ser presentado en el tramite judicial de la sucesión, previa apertura si estuviese cerrado, a dejar constancia del estado del documento, y a la comprobación de la autenticidad de la escritura y la firma del testador, mediante pericia caligráfica.

Cumplidos estos trámites, el juez debe rubricar el principio y fin de cada una de sus páginas y mandar a protocolizarlo.

📎 Para visualizar mas información sobre el trámite de sucesión testamentaria: INGRESE AQUÍ

¿ Que es un Testamento por acto público ?

El testamento por acto público, se otorga mediante escritura pública, ante el escribano autorizante y dos testigos hábiles, cuyo nombre y domicilio se deben consignar en la escritura.

Concluida la redacción del testamento, se procede a su lectura y firma por los testigos y el testador.

¿ Puede dejarse sin efecto un testamento ?

Si. El testamento es revocable a voluntad del testador y no confiere a los instituidos beneficiarios derecho alguno hasta la muerte del causante de la sucesión.

¿ El testamento posterior revoca el anterior ?

El testamento posterior revoca al anterior si no contiene su confirmación expresa, excepto que de las disposiciones del segundo resulte la voluntad del testador de mantener las del primero en todo o en parte.

¿ El matrimonio revoca el testamento ?

El matrimonio contraído por el testador revoca el testamento anteriormente otorgado, excepto que en éste se instituya heredero al cónyuge o que de sus disposiciones resulte la voluntad de mantenerlas después del matrimonio.

¿ Que sucede en caso de cancelación o destrucción del testamento ológrafo ?

El testamento ológrafo, es revocado por su cancelación o destrucción hecha por el testador o por orden suya.

Cuando existen varios ejemplares del testamento, éste queda revocado por la cancelación o destrucción de todos los originales, y también cuando ha quedado algún ejemplar sin ser cancelado o destruido por error, dolo o violencia sufridos por el testador.

Obligación de denunciar la existencia del testamento.

Quien participa en el otorgamiento de un testamento o en cuyo poder se encuentra, está obligado a comunicarlo a las personas interesadas, una vez acaecida la muerte del testador.

¿ Que ley es aplicable a los testamentos ?

El contenido del testamento, su validez o nulidad, se juzga según la ley vigente al momento de la muerte del testador. En cambio, la ley vigente al tiempo de testar, rige la forma del testamento.

¿ Que es la institución de herederos o legatarios ?

Se trata de la instrucción inserta en un testamento, mediante la cual el autor del mismo, nombra a una o varias personas para sucederlo en todo o parte de sus bienes.

📎 Para visualizar mas información sobre la institución de herederos o legatarios: INGRESE AQUÍ

¿ Que es un albacea ?

Se trata de la persona designada por el otorgante de un testamento para cumplir la última voluntad del fallecido, custodiando sus bienes y dándoles el destino que corresponde según el caso.

📎 Para visualizar mas información sobre el albacea: INGRESE AQUÍ

Asesoramiento en confección de testamentos.

Cumplimentar con la totalidad de los recaudos que exige la ley para determinar la validez de un testamento, así como la interpretación de las disposiciones testamentarias, no suele ser una cuestión simple, por lo que se torna fundamental el asesoramiento de un letrado matriculado, quién evaluando el caso, lo asesorará en la confección del documento, cumpliendo los requerimientos de la ley y expresando la voluntad del testador de una manera que no deje lugar interpretaciones perjudiciales, tratando de evitar futuros planteos y/o reclamos entre los herederos y/o beneficiarios, en el marco del trámite de la sucesión.

¿ Cuanto cobra un abogado para asesorar en la redacción de un testamento (costos, cuanto sale) ?

Los honorarios del abogado por el asesoramiento en la confección de un testamento, pueden pactarse con el profesional letrado, siempre respetando los lineamientos legales establecidos por las normativas profesionales respectivas.

En el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, por ejemplo, el estipendio profesional se calcula en el uno por ciento (1%) del valor de los bienes con un mínimo de 10 Jus (unidad de medida arancelaria profesional).

¿ Que es la Porción Legítima de la Herencia ?

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Institución de Herederos o Legatarios.

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Guía de Sucesiones en Argentina.

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