Índice de contenidos
Sujetos incluídos.
Vendedores y/o promotores de ventas de automotores y vendedores itinerantes de repuestos (son los que se dedican únicamente a realizar operaciones de ventas de repuestos con clientes externos a la empresa).
Remuneración aplicable a vendedores de concesionarios.Garantía Salarial Mínima Mensual.Los vendedores y/o promotores de ventas de automotores y vendedores itinerantes de repuestos, tendrán una garantía salarial mensual mínima fijada por convenio colectivo. Comisiones.Para el cálculo de las comisiones asignadas a los vendedores se tomarán los siguentes parámetros: Operaciones de contado con permuta y financiamiento.Se liquidarán en el mes de su facturación y se abonarán junto con las remuneraciones mensuales. Operaciones a través de Planes de Ahorro.Se liquidarán percibida la tercera cuota del plan, y se abonarán junto con las remuneraciones mensuales. Cálculo del Porcentaje.Para el cálculo de los porcentajes, se podrán tener en cuenta las pautas de:
Comisión Mínima.
Ventas Directas.
Ventas Especiales.se consideraran ventas especiales aquellas operaciones que, facturadas por el concesionario de su propio stock conlleven un agregado de equipamiento especial, por ej. ambulancia, coche de fuerza de seguridad, etc., o por cantidad de ventas superior a una, en cuyo caso ambas generaran un rango diferenciado de comisiones para el vendedor que se pactará libremente entre las partes. * Para visualizar más información sobre comisiones en el contrato de trabajo: Haga CLICK AQUÍ. |
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