Índice de contenidos Adicionales para Trabajadores de la Construcción en Argentina CCT 76/1975. |
ADICIONAL | CONCEPTO |
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Adicional por asistencia perfecta | Corresponde adicional del 20% en caso de asistencia perfecta en la quincena. No corresponde si falta, salvo excepciones: licencias (vacaciones, accidente, feriados, exámenes, etc.). |
Adicional por traslado | * Si el tiempo de traslado desde el lugar del obrador hasta el de ejecución de tareas, fuera superior a treinta minutos, se abonará una remuneración adicional compensatoria del tiempo insumido en el traslado. De no pactarlo las partes, el mismo equivaldría al 5% de la remuneración básica. * Si el lugar del traslado, se encuentra dentro de los 30 kilómetros de donde estaba prestando servicios, se abonará una compensación equivalente a un porcentaje del jornal básico para la categoría de oficial, en los siguientes términos: De 0 a 5 km: 5% del jornal básico. De 5 a 10 km: 7% del jornal básico. De 10 a 15 km: 9% del jornal básico. De 15 a 25 km: 11% del jornal básico. De 25 a 30 km: 13% del jornal básico. * Si el lugar del traslado, se encuentra fuera del radio de los 30 kilómetros, y siempre que para la prestación de servicios, el empleado deba cambiar de residencia, lo referente a gastos de traslados de ida y regreso y a los adicionales sobre el salario por cambio de residencia, será pactado en oportunidad de ta contratación. Lo pactado sobre el particular deberá ser comunicado por el empleador a la Comisión Paritaria de la zona o a la Nacional, para su registro. En caso de omitirse esta comunicación, se entenderá que se ha pactado un plus no inferior al 30 por ciento de la remuneración básica. |
Adicional por tareas diferentes a las de oficial | Pertenece adicional por colocación de azulejos, mosaicos, mayólicas, frentes de piedra, decoración, armado de encofrados para escaleras compensadas. Se deberá abonar un adicional equivalente al 20% de su salario básico durante el tiempo en que ejecute esas tareas. |
Adicional por excavaciones de postes. Submuraciones | Por trabajos de excavaciones de postes para submuraciones o que ejecutaren mampostería en los mismos para submurar, se percibirá un adicional del 10% del salario básico que corresponda a su categoría. |
Adicional por excavaciones de zanjas | Por excavar zanjas para redes cloacales, de gas o de agua corriente, y tendido de cables, en la vía pública, toca adicional del 10%. |
Adicional por trabajos de colada de hormigón en estructuras, contrapisos conductos | Al personal ocupado directamente en dichas tareas, se les liquidarán las horas correspondientes con un suplemento del 15% sobre los salarios básicos vigentes, siempre que para la ejecución de dichas tareas no se utilicen medios mecánicos y/o automáticos para la elaboración, el transporte, el traslado, la distribución y el vibrado de hormigón. |
Adicional por trabajos efectuados en balancín, silleta o andamio colgante | Por tareas en balancín, silleta o andamio colgante o por armar y desarmar torres para hormigón armado o montacargas, andamios exteriores o interiores, apoyados o colgantes, o por levantar torres, chimeneas o tanques exteriores, corresponde un suplemento sobre los salarios básicos vigentes: De 4 a 26 metros: 15%; De 26 a 40 metros: 20%; Más de 40 metros: 25%. |
Adicional por soldador eléctrico alta presión | El oficial soldador eléctrico de alta presión, que reúna todas las condiciones de su especialidad, percibirá un adicional del 15% sobre su jornal estipulado. |
Oficial mecánico, montador de estructuras, cañista, soldador eléctrico y electricista | 10% sobre su jornal básico. |
Oficial Amiantista y/o Lingador y/o Revestidor y/o Soldador Autógeno y/o Herrero y/o Calderero y/o Mandrilador y/u Oficial de Talleres en Obra | 5% sobre su jornal básico. |
Estadías en el Interior | Se abonarán: * Gastos de alojamiento, comida, lavado de ropa al presentar comprobantes a su regreso; * Adicional del 25% sobre su salario; * Siete días de licencias pagas por trabajos por más de tres meses. |
Especialistas en acondicionadores de aire | Plus sobre las categorías: Oficial 10 %, Medio oficial 5%, Ayudante práctico 3%. |
Bonificación de Encargado | El obrero designado "encargado" percibirá una bonificación especial por encima del jornal de su categoría. Será convenida en cada caso. |
Suplemento para Gastos de alojamiento | A los obreros enviados fuera de la localidad de radicación de la empresa se les abonarán gastos alojamiento, comida, lavado de ropas contra comprobantes que deberán presentar a su retorno, además suplemento de 10% diarios sobre sus jornales, en concepto de viáticos adicionales para mayores gastos. |
Adicional Lavador de frentes | Se pagará un plus del 10% sobre su remuneración básica. |
Categorías Empleados de Construcción.
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Personal incluido Régimen de Construcción.
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Página Principal Empleados de Construcción.
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