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Cambio de fecha oficialmente acordado
Las principales organizaciones del sector comercial han llegado a un consenso respecto al Día del Empleado de Comercio 2025. La FAECyS y las entidades empresariales más representativas del país (Cámara Argentina de Comercio, Confederación Argentina de la Mediana Empresa y Unión de Entidades Comerciales Argentinas) suscribieron un convenio el día 27 de agosto para modificar la fecha de celebración.
Marco normativo y procedimiento
La decisión de trasladar la conmemoración desde el viernes 26 hacia el lunes 29 de septiembre responde a criterios de eficiencia tanto laboral como comercial. Este acuerdo sectorial ha sido remitido a la Secretaría de Trabajo para su correspondiente homologación oficial.
La medida se fundamenta en la Ley 26.541, que establece el feriado para los trabajadores del sector comercial, permitiendo su traslado mediante acuerdo entre las partes representativas.
Alcance y aplicación
Trabajadores comprendidos
- Personal sujeto al Convenio Colectivo de Trabajo 130/75
- Empleados de comercio de todo el territorio nacional
- Trabajadores de empresas adheridas a las cámaras firmantes
Establecimientos afectados
El feriado trasladado impactará en:
- Centros comerciales y shopping centers
- Grandes superficies y supermercados
- Cadenas comerciales
- Comercios minoristas (con excepciones específicas)
Excepciones contempladas
La normativa prevé que podrán mantener sus puertas abiertas únicamente aquellos comercios atendidos directamente por sus propietarios o familiares en línea directa, conforme a las disposiciones vigentes sobre feriados sectoriales.
Implicancias laborales y económicas
Para los trabajadores
- Derecho al descanso compensado con fin de semana extendido
- Prohibición expresa de utilizar esta jornada como franco compensatorio del descanso semanal
- Remuneración doble para quienes presten servicios durante el feriado trasladado
Para los empleadores
- Obligación de respetar el carácter no laborable de la jornada
- Pago de doble remuneración en caso de requerir servicios durante el feriado
- Planificación anticipada de actividades comerciales
Fundamentación del traslado
La medida busca optimizar el impacto económico del feriado sectorial, permitiendo que los trabajadores disfruten de un período de descanso más prolongado sin afectar significativamente la continuidad de la actividad comercial durante la semana.
Esta decisión refleja el diálogo social constructivo entre organizaciones sindicales y empresariales, priorizando tanto el bienestar laboral como la sustentabilidad del sector comercial.
Acuerdo FAECyS, CAC, CAME y UDECA:
Responsable del artículo
Dr. Lucas Matías Vilaplana, ABOGADO, Matriculado activo en el Colegio de Abogados del Departamento Judicial de San Isidro desde el año 2001 y en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal desde el año 2002. Asistencia legal en Derecho Laboral desde el año 2001.
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