A través del Decreto 841/2022 publicado en el Boletín Oficial con fecha 17 de diciembre de 2022, el gobierno oficializó el pago de un bono de $ 24.000 para trabajadores privados.
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Se trata de una asignación no remunerativa por única vez, por la suma de hasta $ 24.000, que deberán abonar los sujetos empleadores del sector privado Argentino en el mes de diciembre de 2022.
La asignación, corresponde a los trabajadores en relación de dependencia cuya relación laboral encuadre dentro de:
Asimismo, el bono solo se pagará a los trabajadores que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos y excluyendo el medio aguinaldo, correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, inferiores a $185.859 o el monto proporcional en el caso que la prestación de servicios del trabajador o la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional.
El bono, solo se pagará a los trabajadores que perciben salarios netos inferiores a $185.859 o el monto proporcional en caso de trabajo a tiempo parcial.
Para los trabajadores a jornada parcial, el pago del bono será proporcional, teniendo en cuenta las reglas legales o de convenio aplicables acuerdo a su modalidad de contratación.
El monto de la asignación no remunerativa establecida, será equivalente a:
a) $ 24.000 para los trabajadores que perciben salarios netos (devengado diciembre de 2022) menores o iguales a $ 161.859.
b) La diferencia entre $ 185.859 y el salario neto superior a $ 161.859 correspondientes al devengado de diciembre de 2022, para los trabajadores que perciben salarios netos mayores a $ 161.859.
En el caso de jornada parcial, los montos mencionados serán expresados en forma proporcional a la jornada trabajada.
Monto del Bono | |
Salario Neto Diciembre 2022 | Monto* |
Menor o igual a $ 161.859 | $ 24.000 |
Mayor a $ 161.859 | Diferencia entre $ 185.859 y los salarios netos superiores a $ 161.859 |
*El bono, solo se pagará a los trabajadores que perciben salarios netos inferiores a $ 185.859 |
El bono podrá ser absorbido hasta la concurrencia en caso de haberse acordado o estuviese previsto en los respectivos Convenios Colectivos de Trabajo el pago de asignaciones no remunerativas por única vez o beneficios equivalentes entre noviembre de 2022 y enero de 2023.
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1 que cuenten con Certificado MiPyME vigente a la fecha de entrada en vigencia de este decreto, podrán reducir los anticipos del impuesto a las ganancias en un importe equivalente al 50% del monto total abonado en concepto de la asignación no remunerativa y diferir su pago para el ejercicio 2023.
En el caso de Empleadores de Casas Particulares, el importe abonado en concepto de la asignación no remunerativa será deducible del impuesto a las ganancias.
Aquellos empleadores “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” que no se encuentren alcanzados por la posibilidad de deducción en ganancias, podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% de lo abonado en concepto del bono.
Guía Derechos Laborales.
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