Según el Decreto de Necesidad y Urgencia presidencial 438/2023, la asignación será otorgada “por única vez” para trabajadores en relación de dependencia del sector privado, en Jurisdicciones y Organismos del Poder Ejecutivo Nacional y en el Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
El decreto firmado por todo el Gabinete nacional, establece que la asignación será abonada por los sujetos empleadores en dos cuotas de $ 30.000 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023.
La asignación, será abonada por los sujetos empleadores en dos cuotas de $ 30.000 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023.
También se suma una asignación no remunerativa para los trabajadores del Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares de 25.000 pesos, que será abonada por los sujetos empleadores en 12.500 pesos con los salarios devengados en agosto y septiembre próximos.
La asignación no remunerativa dispuesta se aplicará a los trabajadores que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, inferiores a $400.000 o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina de fecha 31/08/2023.
Texto del Decreto:
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