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📢 Estimados vendedores viajantes:
La Federación de Viajantes ha firmado un nuevo acuerdo paritario CCT 308/75 firmado recientemente con vigencia desde el 1 de mayo hasta el 31 de agosto de 2025. A continuación, los puntos más importantes del acuerdo:
El acuerdo establece las siguientes garantías mínimas mensuales:
Estas garantías se incrementarán un 1% por cada año de antigüedad hasta los 25 años. A partir de los 25 años, el adicional será del 1,5%.
Se establece el valor de la suma fija remunerativa:
Mes | Monto |
---|---|
Mayo 2025 | $68.308,79 |
Junio 2025 | $69.538,35 |
Julio 2025 | $70.720,50 |
Se acuerda incorporar en concepto de viáticos y/o reintegro de gastos (de naturaleza no remunerativa):
Estos viáticos deberán ser depositados mensualmente en la cuenta bancaria del viajante junto con el pago de las remuneraciones mensuales.
Importante: Se reconoce una suma fija no remunerativa por única vez de $18.600,00 que deberá liquidarse con las remuneraciones de Mayo 2025.
El acuerdo tiene vigencia desde el 1 de mayo hasta el 31 de agosto de 2025. Las partes se comprometen a mantener las negociaciones sobre el CCT 308/75 y a revisar las pautas establecidas durante el mes de julio de 2025.
Este acuerdo es aplicable a todos los trabajadores vendedores externos, viajantes exclusivos o no exclusivos, de empresas industriales, comerciales o de servicios (excepto los comprendidos en los CCT 22/98 y 295/97).
A continuación, se adjunta la Resolución de Homologación:
Última actualización: 9 de mayo 2025
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