Índice de contenidos Vendedores Empleados de Comercio.Se considera personal de ventas, a los trabajadores que se desempeñen en tareas y/u operaciones de venta, cualquiera sea su tipificación, y revistará en las siguientes categorías: |
Categoría | Funciones |
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A | Degustadores; |
B | Vendedores, promotores; |
C | Encargados de segunda: Se considera encargado de segunda al empleado que es responsable del trabajo que se realiza en un sector de una sección, actuando en calidad de ejecutor, distribuidor y supervisor de las tareas que se cumplan en aquél. |
D | Jefes de segunda o encargados de primera: Se considera jefe de segunda o encargado de primera al empleado que secunda al respectivo jefe de sección en las obligaciones del mismo, y lo reemplaza en caso de ausencia por cualquier motivo. |
Categorías de Convenio |
Escalas Salariales |
Calculadora Indemnización Despido |