
Calculadora de Indemnización por Despido en Casas Particulares (ex servicio doméstico)- Cálculo Profesional 2025
Obtené un cálculo detallado en menos de 24 horas, hecho por abogados laboralistas. 100% online y confidencial.
¿Por qué elegir nuestra calculadora de indemnización?
- ✔️ Elaborada por abogados con más de 20 años de experiencia en Derecho Laboral
- 📞 Incluye consulta telefónica para resolver tus dudas
- ⚡ Recibís el informe en menos de 24 horas
- 🔐 100% online, confidencial y con respaldo legal
¿Te despidieron y no sabés cuánto te corresponde cobrar? ¿Sos empleador o profesional y necesitás calcular una indemnización por despido?
Nuestra calculadora de indemnización por despido sin causa, desarrollada por especialistas en Derecho Laboral, te permite estimar lo que corresponde según la Ley 26.844 que rige para el Personal de Casas Particulares (ex servicio doméstico). Solo completás tus datos y recibís un informe profesional en tiempo récord. Ideal para trabajadores, empleadores y profesionales (abogados, contadores, asesores laborales y RRHH) que necesitan claridad, rapidez y respaldo legal.
¿Cómo funciona? Es muy simple
Completás tus datos
Solo toma 2 minutos
Abonas el importe
varios medios de pago
Recibís tu liquidación
En menos de 24 horas
Características de la calculadora de indemnización por despido
Disponible las 24 horas, todos los días
El servicio está disponible las 24 horas, todos los días del año. Una vez solicitado, se resuelve en un plazo máximo de 24 horas hábiles, aunque en la mayoría de los casos la respuesta se brinda en el mismo día o pocas horas o minutos después.
Beneficios del cálculo para Trabajadores
✓ Conocé los montos reales: No dejes que te paguen menos de lo que corresponde por ley
✓ Reclama con fundamento: Datos precisos con detalle rubro por rubro para defender tu posición
✓ Impugna liquidaciones incorrectas: Saber los montos reales, te permite impugnar con respaldo legal profesional
✓ Costo mínimo vs. beneficio: El valor mínimo invertido en el costo de la liquidación, puede cambiar ampliamente el monto a recibir
Beneficios del cálculo para Empleadores
✓ Evita reclamos futuros: Paga exactamente lo que corresponde
✓ Optimiza recursos: No gastes de más ni de menos
✓ Reduce conflictos: Liquidaciones transparentes y justas
✓ Asesoramiento experto: +23 años resolviendo casos laborales
✓ Costo mínimo vs. beneficio: El valor mínimo invertido en el costo de la liquidación, puede evitar un costoso reclamo legal
Beneficios del cálculo para Profesionales
✓ Ahorra tiempo valioso: Liquidaciones expertas en menos de 24hs
✓ Criterio jurisprudencial actualizado: Seguimos la doctrina vigente
✓ Consulta entre colegas: Compartimos experiencia y conocimiento
✓ Respaldo técnico: Liquidaciones que resisten cualquier impugnación
✓ Costo mínimo vs. beneficio: Por un valor mínimo, accedé rápidamente a los cálculos profesionales necesarios para el caso tramitado sin perder tiempo en ello.
Preguntas Frecuentes
❓
¿Cuanto cuesta el servicio de liquidación final por despido?
Este servicio tiene un costo total de $ 20.000.
❓
¿Qué incluye el servicio de cálculo de indemnización por despido en casas particulares (ex servicio doméstico)?
El servicio consiste en la confección de una liquidación final estimativa por despido incausado, confeccionada por abogados expertos en el área de Derecho del Trabajo. La liquidación, detalla cada uno de los rubros correspondientes y se entrega al consultante un documento en formato PDF imprimible listo para su presentación o negociación e incluye una consulta telefónica con el abogado encargado de confeccionar la liquidación, a fin de despejar dudas sobre la liquidación y todo lo relativo a la extinción del vínculo laboral.
❓
¿Puedo enviar la solicitud de cálculo en cualquier día y horario?
Sí, el servicio de cálculo de indemnización por despido puede contratarse en cualquier momento. La solicitud de liquidación puede enviarse los 7 días de la semana, las 24 horas del día, durante todo el año.
❓
¿Cuál es el tiempo de entrega de las liquidaciones?
Nuestro equipo de abogados se esfuerza por entregar las liquidaciones en el menor tiempo posible, normalmente a las pocas horas o dentro del mismo día de recibida la solicitud. Siempre antes de 24 horas hábiles tras recibir la solicitud.
❓
¿Una vez abonada la solicitud, debo acreditar el pago de honorarios?
No, no es necesario acreditar los pagos, ya que se registran automáticamente en el sistema. Por lo tanto, no se requiere ningún tipo de verificación ni el envío de comprobantes.
❓
¿Cuales son los medios de pago disponibles?
Se admite el pago con tarjeta de crédito, débito, efectivo o saldo en mercado pago.
❓
¿Cuando me corresponde percibir indemnización por despido sin causa?
El despido de un trabajador de casas particulares sin invocar ningún tipo de causa justificante válida o invocando una ilegítima, produce como consecuencia inevitable que, el dependiente se convierta en acreedor de una indemnización prevista por la ley para reparar el daño provocado por la ruptura del vínculo laborativo (artículo 48 del Régimen de Casas Particulares según Ley Nro. 26.844).
❓
¿Cómo saber si la causa del despido invocada por el empleador es justa o injusta?
La determinación sobre si el despido fue con justa causa o no corresponde exclusivamente al juez laboral, en el marco del proceso judicial correspondiente. Será el magistrado quien evalúe, en función de la prueba aportada por las partes, si los hechos invocados por el empleador configuran una falta lo suficientemente grave como para justificar la ruptura del vínculo laboral sin derecho a indemnización.
Para ello, el juez analizará la naturaleza de la relación laboral, los antecedentes del trabajador, las circunstancias en que ocurrieron los hechos y las particularidades del caso concreto. No toda irregularidad o incumplimiento justifica un despido directo; debe tratarse de una conducta grave que torne imposible la continuidad del contrato de trabajo.
Para obtener más información sobre cómo evaluar la causa del despido: INGRESAR AQUÍ
❓
¿En qué consiste la indemnización por despido sin causa en casas particulares?
La indemnización, será igual a UN (1) mes de sueldo bruto por cada año de servicio o fracción mayor de TRES (3) meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor.
❓
¿Qué rubros integran una liquidación final por despido sin causa?
Sin perjuicio de que la liquidación final por despido sin causa puede variar dependiendo de las circunstancias particulares de cada caso concreto, según los artículos 28, 42, 43, 44, 48 y concordantes del Régimen de Casas Particulares según Ley Nro. 26.844, los rubros habituales a tener en cuenta en una liquidación final por despido sin causa son: Indemnización por despido, SAC sobre indemnización por despido -en caso de corresponder-, Preaviso, S.A.C. sobre preaviso, Integración del mes de despido, S.A.C. sobre integración del mes de despido, Vacaciones, S.A.C. sobre vacaciones, S.A.C. Proporcional por extinción, Días trabajados, entre otros.
❓
¿Qué remuneración debe considerarse para el cálculo de la indemnización por despido?
Para calcular la indemnización por despido sin causa, se debe tomar la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida, incluyendo aguinaldo proporcional, horas extras, pagos en negro y conceptos no remunerativos (como comisiones, bonos, propinas, viáticos –salvo la parte gastada y acreditada por medio de comprobantes-, gratificaciones, etc.), siempre que su percepción sea habitual y periódica.
❓
¿Cuando corresponden indemnizaciones agravadas?
En ciertos casos especiales, la ley prevé indemnizaciones adicionales:
Despido por maternidad: si ocurre dentro de los 7 meses y medio antes o después del parto (con notificación fehaciente del embarazo), corresponde una indemnización extra de un año de sueldo (artículos 40, 41 y cc. de la Ley 26.844).
Despido por matrimonio: si ocurre entre 3 meses antes y 6 meses después del casamiento (también con notificación fehaciente), se debe pagar una indemnización adicional de un año de sueldo (artículos 40, 41 y cc. de la Ley 26.844).
Despido de trabajador no registrado (en negro): A partir del 9 de julio de 2024, con la entrada en vigencia de la Ley Bases N° 27.742, fue eliminadas la indemnización tarifada que beneficiaba al trabajador en casos de falta de registración o registración defectuosa, contemplada en artículo 50 de la ley 26.844.
Esta reforma, modificó drásticamente el régimen de protección contra el trabajo informal, dejando a miles de trabajadores en situación de vulnerabilidad frente a despidos arbitrarios y abusos por parte del empleador.
Ante esta nueva realidad, existen actualmente dos caminos legales posibles:
- Solicitar judicialmente que se declare la inconstitucionalidad de la reforma.
- Reclamar una reparación integral por los daños sufridos a causa del empleo total o parcialmente no registrado.
📌 Para obtener más información sobre cómo actuar en estos casos: INGRESAR AQUÍ
❓
¿Cómo proceder frente a un despido discriminatorio?
En base a la Ley 23.592 y a los tratados internacionales aplicables, entendemos que el trabajador de casas particulares (ex servicio doméstico) que sufre un despido discriminatorio puede solicitar la nulidad del despido ilícito, exigiendo su reinstalación en el puesto de trabajo junto con la indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
También puede, en cambio, prestar conformidad con el despido y reclamar únicamente la reparación económica por haber sido excluido de manera discriminatoria.
📌 Para obtener más información sobre el despido discriminatorio: INGRESAR AQUÍ
❓
¿Cuál es la diferencia entre Indemnización por despido sin causa y Liquidación final?
La indemnización por despido sin causa corresponde a un mes de sueldo bruto por cada año trabajado (o fracción mayor a tres meses) y se paga únicamente cuando el empleador finaliza el vínculo sin justificar la causa.
En cambio, la liquidación final es el conjunto de todos los montos que le corresponden al trabajador al terminar la relación laboral, ya sea por despido (con o sin causa) o por renuncia. Incluye conceptos como días trabajados, vacaciones no gozadas, aguinaldo proporcional, y en su caso, también la indemnización
Régimen de Casas Particulares
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