CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO FIJO

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¿ Que es un contrato de trabajo a plazo fijo ?

Es un contrato laboral que se pacta por un plazo determinado y en relación a una causa objetiva que justifica su celebración en esta modalidad.

Contrato laboral que se pacta por un plazo determinado y en relación a una causa que justifica la modalidad.

Al respecto, cabe destacar que el artículo 90 de la Ley de Contrato de Trabajo Número 20.744, dispone como regla general que, el Contrato de Trabajo se entenderá celebrado por tiempo indeterminado, salvo que su término resulte de las siguientes circunstancias:

  • Que se haya fijado en forma expresa y por escrito el tiempo de su duración;
  • Que las modalidades de las tareas o de la actividad, razonablemente apreciadas, así lo justifiquen.

Asimismo, la legislación Argentina, también establece que, el plazo de duración del contrato laboral a plazo fijo, no podrá ser mayor a 5 años (Artículo 93, Ley de Contrato de Trabajo).

De lo expuesto en este punto, obtenemos que para que un contrato a plazo fijo sea valido, deben reunirse los siguientes requisitos:

  1. La modalidad de tareas o de la actividad, deben justificar el tipo de contratación;
  2. Debe celebrarse por escrito;
  3. Su plazo no sea mayor a 5 años.

Se advierte que, la formalización de un contrato por plazo determinado, que no cumpla con las exigencias mencionadas, convierte automáticamente al contrato en uno por tiempo indeterminado.

Deber de preavisar.

El empleador, debe notificar el preaviso de la extinción del contrato con antelación no menor de 1 mes ni mayor de 2 meses, respecto de la expiración del plazo convenido.

Si la patronal omite el preaviso, se entenderá que acepta la conversión del contrato a plazo fijo, en un contrato de plazo indeterminado, salvo acto expreso de renovación de un plazo igual o distinto del previsto originariamente.

✒ Debe mencionarse que, no existe deber de preavisar en los contratos a plazo fijo cuya duración sea inferior a 1 mes.

✒ Se aclara también que, en caso de renovación habrá de justificarse también por la modalidad de las tareas o de la actividad y en ningún caso podrán superar los 5 años la totalidad de todos los contratos a plazo o renovaciones celebradas. Cualquier actitud en contradicción con lo expresado, convertirá automáticamente el contrato en uno de tiempo indeterminado.

Despido antes del vencimiento del plazo. Indemnización.

El despido injustificado dispuesto antes del vencimiento del plazo, dará derecho al trabajador, además de la indemnización por antigüedad del art. 245 LCT, a reclamar indemnización por daños y perjuicios (daño moral, lucro cesante, daño emergente, etc.) que deberá ser fijada judicialmente. En principio y si el trabajador no logra probar daños adicionales ocasionados por la cesantía, la jurisprudencia ha resuelto que, por esta indemnización de daños y perjuicios, debe abonarse al trabajador una suma equivalente a la totalidad de las remuneraciones que le hubieran correspondido percibir hasta la finalización del plazo pactado en el contrato.

En estos casos, cuando el tiempo que faltare para cumplir el plazo del contrato fuese igual o superior al que corresponda de preaviso, no procederá la indemnización por falta de preaviso, ya que la que se reconozca judicialmente por lucro cesante sustituirá a la del preaviso omitido y siempre y cuando el monto reconocido en sede judicial por este concepto, fuese también igual o superior a los salarios que correspondían por el plazo del preaviso omitido.

Despido mediante preaviso (en término).

Si la extinción se produce con preaviso legal dado por el empleador y el contrato fue pactado por un plazo inferior a 1 año, el trabajador, no tiene derecho a reclamar indemnización alguna.

Cuando el contrato fue pactado por plazos mayores a 1 año y la extinción se produce con preaviso legal, el trabajador, recibirá una suma de dinero equivalente al 50% de la indemnización por antigüedad prevista en el art. 245 de la ley de contrato de trabajo.

Resumen indemnizaciones contrato de trabajo a plazo fijo.

Indemnizaciones en el contrato de trabajo a plazo fijo
 Preaviso
Contrato Menor a 1 mes. No corresponde.
Contrato Mayor a 1 mes y Menor a 1 año. No menor de 1 mes ni mayor de 2 meses
Contrato Mayor a 1 año. No menor de 1 mes ni mayor de 2 meses
 Indemnización por extinción en término
Contrato Menor a 1 mes. No corresponde.
Contrato Mayor a 1 mes y Menor a 1 año. No corresponde en caso de haberse preavisado correctamente.
Contrato Mayor a 1 año. Aunque se haya preavisado, corresponde el 50% de la indemnización por antigüedad para los contratos por tiempo indeterminado.
 Indemnización por ruptura antes del vencimiento del plazo pactado
Contrato Menor a 1 mes. Daños y perjuicios derivados de la ruptura anticipada.
Contrato Mayor a 1 mes y Menor a 1 año. Corresponde el 100% de la indemnización por antigüedad para los contratos por tiempo indeterminado. Además, debe abonarse indemnización por daños y perjuicios derivados de la ruptura anticipada (daño moral, lucro cesante, daño emergente, etc.) que debe ser fijada judicialmente.
Contrato Mayor a 1 año. Corresponde el 100% de la indemnización por antigüedad para los contratos por tiempo indeterminado. Además, debe abonarse indemnización por daños y perjuicios derivados de la ruptura anticipada (daño moral, lucro cesante, daño emergente, etc.) que debe ser fijada judicialmente.

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