Calculadora de costos de sucesión

Ponemos a su disposición, nuestra CALCULADORA DE HONORARIOS Y GASTOS DE SUCESIÓN PARA LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, donde se puede efectuar un cálculo orientativo online de la regulación judicial de honorarios, aportes y gastos de tasas judiciales en un proceso sucesorio no contradictorio que se tramite en el ámbito de la justicia bonaerense (para el caso de inmuebles, esta calculadora, otorga el resultado de honorarios estimados en base a la valuación del impuesto al acto -la cual es sustancialmente mayor a la valuación fiscal simple- para el año en curso).

La herramienta, no solo realiza el cálculo estimado de honorarios a regular por el juez en un proceso voluntario, sino que arroja un resultado final conforme el porcentaje a heredar de los bienes, incluyendo aportes y el monto por tasa de Justicia y la contribución legal sobre la misma (sobretasa).

Se aclara, que el resultado a obtener es meramente orientativo y puede no coincidir con los montos que realmente correspondan por derecho.

✒ Recuerde que siempre recomendamos la CONSULTA PROFESIONAL como único elemento irremplazable para conocer adecuadamente sus derechos y en consecuencia, los montos que efectivamente pudieren corresponder.

EL RESULTADO OBTENIDO ES SOLO ORIENTATIVO Y NO INCLUYE: Costos de las publicaciones de avisos en el boletín oficial, indagaciones de posibles testamentos y sucesiones existentes sobre el  causante, gastos de inicio de carpeta y otros gastos iniciales como podrían ser la tramitación de partidas extraviadas o, en su caso, los gastos de representación (otorgamiento de poder judicial para sucesión), ni gastos de obtención de informes de dominio, gastos de obtención de informes de anotaciones personales (cesiones e inhibiciones), gastos de obtención de certificación de valuación fiscal para inmuebles, gastos de Agrimensura (estado parcelario) y Cédula Catastral para inmuebles en la Provincia de Buenos Aires, costo del Impuesto a la Herencia en caso de corresponder, gastos por certificación de Inexistencia de Deuda de ARBA, ni las Tasas de Inscripción Registral de los bienes.

Preguntas Frecuentes

❓ ¿Dónde debe iniciarse una sucesión en la Provincia de Buenos Aires?

Como regla general, la sucesión debe iniciarse ante el juez correspondiente a la última residencia habitual de la persona fallecida. En ciertos casos, si todos los herederos están de acuerdo, puede evaluarse la posibilidad de iniciar el trámite en otro Departamento Judicial dentro de la Provincia de Buenos Aires.

❓ ¿Qué gastos suele tener una sucesión en Provincia de Buenos Aires?

Además de los honorarios profesionales, deben contemplarse gastos de inicio, publicaciones, informes, certificados, tasa de justicia, sobretasa, aportes previsionales, gastos registrales y, si hay inmuebles, eventualmente agrimensura, certificado catastral e impuesto a la transmisión gratuita de bienes.

❓ ¿Cuándo se paga la tasa de justicia en una sucesión?

En general, la tasa de justicia se abona al momento de solicitar la inscripción de la declaratoria de herederos, testamento o hijuela sobre los bienes denunciados. En la Provincia de Buenos Aires equivale al 22 ‰ (veintidós por mil) sobre el activo transmitido que corresponda, debiendo adicionarse actualmente una contribución legal (“sobretasa”) del 5 % calculada sobre el importe final de la propia tasa judicial.

❓ ¿Cómo se calculan los honorarios del abogado en una sucesión en Provincia de Buenos Aires?

Los honorarios del abogado pueden acordarse previamente con el cliente o, ser fijados por el juez al finalizar o avanzar el trámite. En la Provincia de Buenos Aires, cuando los honorarios son regulados judicialmente, la ley arancelaria toma como referencia el valor de los bienes que se transmiten en la sucesión. Sobre ese valor puede aplicarse, según el caso, una escala aproximada del 6 % al 20 %, teniendo en cuenta la importancia del trabajo realizado, la complejidad del expediente y las tareas efectivamente cumplidas. En el caso de inmuebles, no se utiliza necesariamente la valuación fiscal simple que figura en la boleta del impuesto inmobiliario, sino la valuación fiscal utilizada por ARBA para calcular el impuesto al acto. Esa valuación suele ser mayor que la valuación fiscal básica del inmueble.

❓ ¿Se puede vender un inmueble heredado sin inscribir antes la declaratoria?

Sí. En muchos casos puede utilizarse el sistema de tracto abreviado, que permite vender el inmueble con la orden judicial de inscripción, sin necesidad de inscribir previamente la declaratoria a nombre de los herederos. Esto puede ahorrar tiempo y ciertos costos registrales.

Video explicativo

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