Categorías Empleados de Agencias de Remises.

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Clasificación, según lo dispuesto por el Convenio Colectivo de Trabajo 338 del año 2001.

PERSONAL DE CONDUCCIÓN

CATEGORÍAS:

Conductores Titulares.

Serán aquellos que siendo propietarios del vehículo a su cargo, realicen los traslados de personas desde el punto de partida del viaje hasta el destino indicado por el pasajero o quien contrate el servicio, al comando de la unidad.

[ico type=”icon-caret-right”] El conductor permanente tendrá dedicación exclusiva, resultando incompatible esa actividad con cualquier otra, inclusive con la prestación de idéntica tarea en más de una agencia.

Conductores No Titulares.

Serán aquellos que no siendo propietarios del vehículo a su cargo, realicen los traslados de personas desde el punto de partida del viaje hasta el destino indicado por el pasajero o quien contrate el servicio, al comando de la unidad.

Conductores No Titulares Permanentes.

Es aquel personal que cumple tareas diariamente en los turnos y horarios preestablecidos.

Conductores No Titulares Relevantes.

Es aquel personal dedicado exclusivamente a cubrir días francos, feriados y ausencias del personal permanente.

Conductores No Titulares Eventuales o Transitorios.

Es aquel personal contratado por un período prefijado de tiempo y para cubrir necesidades estacionales de falta de personal, ya sea por vacaciones anuales, enfermedades prolongadas del personal permanente, o por incrementos estacionales y/o temporarios de la actividad.

PERSONAL AUXILIAR

CATEGORÍAS:

Distribuidor de Viajes Clase A.

Es el que recepciona los viajes y los distribuye a los conductores, programa las reservas y clasifica los mismos.

Distribuidor de Viajes Clase B.

Es el que recepciona los viajes de agencias y los de cuenta corriente y los distribuye a los conductores.

Distribuidor de Viajes Clase C.

Es el que aparte de las tareas del distribuidor de viajes clase B, cumple la tarea de conductor eventual o transitorio.

Jefe de Tráfico.

En aquellos casos en que la envergadura de la agencia así lo requiera, deberá contarse con una persona que coordine la asignación de turnos, francos y guardias de todo el personal de conducción, así como también del cumplimiento de la normativa aplicable en materia de habilitaciones, tanto del material rodante como de la vigencia de las licencias habilitantes del personal de conducción.

Personal de Mantenimiento.

Serán aquellas personas cuya tarea consista en el mantenimiento e higiene de las instalaciones físicas de la agencia y/o sus sistemas de electricidad, gas, sanitarios, plomería, pintura, etc., así como también aquellos que se encarguen de las tareas de vigilancia y/o control de dichas instalaciones (serenos).

Personal de Mantenimiento de Vehículos.

Serán aquellas personas cuya tarea consista en el mantenimiento y/o reparación de las unidades móviles que se encuentren afectadas de cualquier forma a la agencia, mencionándose de forma simplemente enumerativa al jefe de mantenimiento, lavadores, gomero, chapista, pintor, electricista, y toda otra tarea inherente al mantenimiento de los vehículos y/o sus componentes afectados a la agencia.

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