Período de Prueba Laboral en Argentina: Guía Completa 2025
¡ACTUALIZADO! Según la nueva Ley 27.742 (vigente desde Julio 2024)
La legislación laboral Argentina establece que todo contrato de trabajo por tiempo indeterminado se entenderá celebrado a prueba durante los primeros 6 meses de vigencia, pudiendo las partes durante ese plazo extinguir la relación sin expresión de causa ni indemnización, pero con obligación de dar un preaviso de 15 días o abonar la indemnización equivalente.
📅 Plazos Actualizados
Período general: 6 meses
Empresas de 6-100 empleados: hasta 8 meses
Empresas de hasta 5 empleados: hasta 1 año
⚠️ Importante
El empleador debe registrar al trabajador desde el primer día, caso contrario pierde los beneficios del período de prueba.
¿Cuál es la finalidad del Período de Prueba?
Esta figura legal surge como una herramienta de doble beneficio:
Para el EMPLEADOR
Permite evaluar las aptitudes del trabajador en el puesto requerido antes de consolidar la relación laboral.
Para el TRABAJADOR
Brinda la oportunidad de conocer en la práctica las particularidades de las tareas y si la remuneración está acorde a lo exigido.
Reglas Legales del Período de Prueba
Aplica automáticamente en todo contrato de trabajo por tiempo indeterminado.
No aplica a contratos de temporada, plazo fijo ni eventuales.
Un empleador no puede contratar al mismo trabajador más de una vez utilizando el período de prueba.
Es obligatorio registrar al trabajador desde el comienzo efectivo de las tareas.
El trabajador tiene derecho a prestaciones por accidente o enfermedad durante este período.
⚠️ Importante recordar
El empleador debe registrar al trabajador que comienza su relación laboral desde el comienzo efectivo de las tareas o hasta el día inmediato anterior, dependiendo del tipo de actividad. Caso contrario, perderá automáticamente los beneficios del período de prueba.
Actualización Según Ley 27.742 (Julio 2024)
📢 Nueva Normativa
A partir de la Ley 27.742 (B.O. 08/07/2024, vigente desde el 09/07/2024), el período de prueba deja de ser de 3 meses y se extiende a 6 meses para todos los contratos de trabajo por tiempo indeterminado.
Adicionalmente, las convenciones colectivas de trabajo pueden ampliar dicho período:
- Hasta 8 meses en empresas de 6 y hasta 100 trabajadores.
- Hasta 1 año en empresas de hasta 5 trabajadores.
Durante este período ampliado, la patronal puede extinguir la relación laboral sin expresión de causa ni derecho a indemnización, manteniendo únicamente la obligación de preavisar.
¿Qué indemnización corresponde en caso de extinción durante el período de prueba?
Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante el período de prueba, sin expresión de causa ni derecho a indemnización, pero con obligación de dar un preaviso de 15 días o la indemnización equivalente.
Es importante destacar que:
- No corresponde la integración de los salarios faltantes del mes de despido (art. 233 LCT).
- Sí corresponde abonar los rubros normales de liquidación final: salarios adeudados, vacaciones proporcionales, aguinaldo proporcional sobre vacaciones y aguinaldo proporcional a la parte del semestre trabajada.
Despido en Período de Prueba con Relación Registrada
Preaviso | 15 días |
Integración del mes de despido | No corresponde |
Indemnización por despido | Ninguna |
Despido en Período de Prueba Dejado Sin Efecto o Relación No Registrada
Preaviso | 1 mes |
Integración del mes de despido | Días faltantes hasta completar el mes |
Indemnización por despido | No corresponde |
Indemnización por trabajo en negro | Ver detalle aquí |
¿Qué pasa si el empleador renuncia al período de prueba?
En los casos que el empleador opte por renunciar a los beneficios del período de prueba, o que esa renuncia le sea impuesta por una sanción legal (como contratar al mismo trabajador más de una vez utilizando período de prueba o la omisión de registración laboral), las condiciones cambian:
- El preaviso será de 1 mes y no de 15 días, aunque la extinción opere dentro del período de prueba.
- Corresponderá abonar la integración del mes de despido del artículo 233 de la LCT.
- Se deberán abonar los demás rubros de la liquidación final y la indemnización por despido si ha superado los 3 meses de antiguedad.
Conclusión
El período de prueba laboral en Argentina, tras las significativas modificaciones introducidas por la Ley 27.742 vigente desde julio de 2024, constituye una herramienta fundamental que busca equilibrar los intereses legítimos de empleadores y trabajadores en el inicio de toda relación laboral por tiempo indeterminado.
La extensión del período de 3 a 6 meses (con posibilidad de ampliación hasta 8 meses o 1 año según el tamaño de la empresa) responde a la necesidad empresarial de contar con mayor tiempo para evaluar integralmente las competencias, aptitudes y adaptación del trabajador al puesto específico. Sin embargo, esta flexibilidad adicional viene acompañada de responsabilidades ineludibles que no pueden ser soslayadas.
Es fundamental comprender que el período de prueba no constituye una relación laboral de menor categoría o con derechos recortados.
Es fundamental comprender que el período de prueba no constituye una relación laboral de menor categoría o con derechos recortados.
Durante estos meses, el trabajador conserva la totalidad de sus derechos laborales fundamentales: cobertura integral de ART, aportes previsionales, obra social, licencias por enfermedad, y el derecho irrenunciable al preaviso de 15 días en caso de extinción de la relación.
La obligatoriedad del registro laboral desde el primer día efectivo de trabajo representa una de las piedras angulares del sistema. Su incumplimiento no solo genera responsabilidades adicionales para el empleador, sino que automáticamente lo priva de los beneficios especiales del período de prueba, equiparando la situación a un despido común con todas las indemnizaciones correspondientes.
Para los trabajadores, resulta esencial conocer que durante este período mantienen plena vigencia sus derechos a cuestionar las condiciones laborales, a recibir capacitación adecuada, y a ser evaluados con criterios objetivos y razonables. La extinción durante el período de prueba debe basarse en motivos vinculados genuinamente a la aptitud laboral y nunca en discriminación o arbitrariedad.
Los empleadores, por su parte, deben entender que esta figura legal les otorga una oportunidad valiosa para consolidar equipos de trabajo eficientes, pero siempre dentro del marco del respeto a la dignidad del trabajador y el cumplimiento estricto de la normativa laboral vigente.
En síntesis, el período de prueba reformado representa una evolución positiva en nuestra legislación laboral cuando es aplicado con responsabilidad, transparencia y pleno respeto a los derechos fundamentales. Su correcta implementación contribuye a relaciones laborales más sólidas y duraderas, beneficiando finalmente a toda la sociedad productiva argentina.
La clave del éxito radica en que ambas partes comprendan que se trata de un período de conocimiento mutuo, donde la buena fe, el profesionalismo y el cumplimiento de las obligaciones legales deben ser los pilares sobre los cuales se construya una relación laboral próspera y duradera.

Responsable del Artículo
Dr. Lucas Matías Vilaplana, ABOGADO, Matriculado activo en el Colegio de Abogados del Departamento Judicial de San Isidro desde el año 2001 y en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal desde el año 2002. Asistencia legal en Derecho Laboral desde el año 2001.
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