
Reunión clave en noviembre para actualizar el Salario Mínimo
15 noviembre, 2025El Gobierno estableció, mediante resolución, un incremento mensual y escalonado del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) hasta agosto de 2026, luego de que el Consejo del Salario no lograra alcanzar un acuerdo entre las representaciones sindicales y empresariales.
La medida quedó formalizada a través de la Resolución 9/2025 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, dictada precisamente ante la imposibilidad de consensuar una nueva pauta salarial.
En los considerandos de la norma, la autoridad interviniente señala que, habiéndose debatido la determinación del SMVM y los valores mínimos y máximos de la prestación por desempleo —conforme lo previsto en el artículo 135, incisos a) y b) de la Ley 24.013— y no habiéndose alcanzado acuerdo en las sesiones convocadas, corresponde emitir el laudo administrativo que resuelva dichos puntos.
En consecuencia, se fijó una actualización progresiva del SMVM aplicable desde noviembre de 2025 hasta agosto de 2026. La escala parte de $328.400 y asciende gradualmente hasta $376.600 en agosto de 2026. Para los trabajadores jornalizados, las remuneraciones horarias aumentan de $1.642 a $1.883.
La escala parte de $328.400 y asciende gradualmente hasta $376.600 en agosto de 2026.
La actualización impacta directamente en los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario y la Administración Pública Nacional. Además, repercute en el cálculo de la prestación por desempleo y en los diversos programas que utilizan el SMVM como parámetro de referencia.
Escala del SMVM 2025–2026
| Mes | Importe |
| Noviembre 2025 | $328.400 |
| Diciembre 2025 | $334.800 |
| Enero 2026 | $341.000 |
| Febrero 2026 | $346.800 |
| Marzo 2026 | $352.400 |
| Abril 2026 | $357.800 |
| Mayo 2026 | $363.000 |
| Junio 2026 | $367.800 |
| Julio 2026 | $372.400 |
| Agosto 2026 | $376.600 |
Impacto en la prestación por desempleo
La actualización del SMVM modifica automáticamente los valores mínimo y máximo de la prestación por desempleo. El beneficio continúa calculándose como el 75% de la mejor remuneración neta de los últimos seis meses, respetando los topes vigentes:
- Mínimo: no inferior al 50% del SMVM.
- Máximo: no superior al 100% del SMVM.
A continuación, los montos aplicables según el mes de solicitud:
| Mes de Solicitud | Mínimo | Máximo |
|---|---|---|
| Noviembre 2025 | $164.200 | $328.400 |
| Diciembre 2025 | $167.400 | $334.800 |
| Enero 2026 | $170.500 | $341.000 |
| Febrero 2026 | $173.400 | $346.800 |
| Marzo 2026 | $176.200 | $352.400 |
| Abril 2026 | $178.900 | $357.800 |
| Mayo 2026 | $181.500 | $363.000 |
| Junio 2026 | $183.900 | $367.800 |
| Julio 2026 | $186.200 | $372.400 |
| Agosto 2026 | $188.300 | $376.600 |
Responsable del artículo
Dr. Lucas Matías Vilaplana, abogado matriculado en el Colegio de Abogados de San Isidro (2001) y en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (2002). Especialista en Derecho Laboral con más de dos décadas de experiencia.
Salario Mínimo Vital y Móvil Histórico |

