Remate Judicial. Edicto del 04/10/2021. Boletín Oficial Provincia de Buenos Aires.
15 octubre, 2021
Remate Judicial Inmueble. Edicto del 30/09/2021. Boletín Oficial Provincia de Buenos Aires.
15 octubre, 2021

Remate Judicial Inmueble. Edicto del 23/06/2021. Boletín Oficial Provincia de Buenos Aires.

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RENATO MÁXIMO MERLO POR 3 DÍAS

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 01, Secretaría Única del Departamento Judicial San Isidro con sede en Ituzaingó 340, 1º piso, comunica en autos “Esayán Juan Carlos c/Herrera Daniel Martín s/ Ejecución Hipotecaria”, Expte. 51.949, que se procederá a la efectivización del remate decretado en autos, en pública subasta del 100% del inmueble objeto de autos (Circ. II, Sec. L, Chacra 3, Manz. 14, Parc. 23 Mat. 24747 del partido de Tigre), venta que se realizará según título y condiciones de dominio, inhibiciones de su titular DANIEL MARTÍN HERRERA DNI 13.295.293 (AFIP RG1975/05), y deudas obrantes en autos. Conforme lo ordenado por el Acuerdo 3604 de la SCJBA, se readecua el auto de subasta de fs. 481 el que quedará redactado como sigue: Se mantiene la base de la subasta ya fijada a fs. 781 en la suma de Dolares Estadounidenses Sesenta Mil (U$S 60.0000,00.). La subasta ordenada tendrá una duración de diez (10) días hábiles COMENZANDO EL DÍA 27 DE OCTUBRE DE 2021 A LAS 08:00 HS. Y FINALIZANDO EL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DE 2021 A LAS 08:00 HS., salvo extensión prevista por el Art. 42 del Anexo I de la Ac. 3604/12. Título fs. 2/8. Según mand. de const. de fecha 26.04.2021 el inmueble es libre de ocupantes. Se trata de un galpón sin techo, con un pequeño local ubicado al frente, con algunas tablas y listones de madera sin valor tirados en su interior. Presenta signos de abandono. Adeuda: ARBA sin deuda al 27.04.2021. Municipal $40.515,00 al 30.04.2021. Aguas Argts. $205.027,37 al 23.04.2021. El martillero designado, Renato Máximo Merlo CUIT 20-16305049-9, deberá rendir cuentas dentro del tercer día de realizada la subasta conjuntamente con el acta que deberá confeccionar una vez finalizada la misma, que se labrará en doble ejemplar, indicando el resultado del remate, los datos del vencedor (código de postor y monto de adjudicación) ydeterminar los restantes postores con la mayor oferta realizada por cada uno de ellos (Art. 36 del Anexo I, Ac. 3604), bajo apercibimiento de multa (Art. 34 inc. 5º, 579 del CPCC). Con una antelación mínima de veinte (20) días hábiles del inicio de la subasta electrónica -fecha de comienzo de pujas- se publicará en el portal respectivo del sitio web oficial de la SCBA (www.scba.gov.ar) el contenido del edicto ordenado. Los oferentes para poder adquirir la calidad de tal deberán resultar inscriptos en forma previa a la subasta en el Registro General de Subastas Judiciales de conformidad con la normativa prevista en los Arts. 6/24 Ac. 3604, con una antelación mínima de tres (3) días (Art. 24, Anexo I Ac. 3604). Se fija como último día de inscripción para participar en la subasta el día 22 de octubre de 2021 a las 08:00 horas. Quien se postule como oferente de subasta deberá depositar en la cuenta de autos una suma equivalente al cinco (5%) del valor de la base de subasta en concepto de garantía (art. 562 del CPCC) con una antelación no menor a tres (3) días de la fecha establecida para el inicio del remate digital. Cuenta Judicial en Dolares: N°1646/7. CBU 0140136928509900164677 y cuyo Nº de CUIT es 30-99913926-0. Cuenta Judicial en Pesos N° 846346/3. CBU 0140136927509984634630 y cuyo N° de CUIT es 30- 99913926-0. Quien no resulte adquirente deberá solicitar la devolución de las sumas consignadas en los presentes autos una vez que se realice la audiencia prevista en el acápite siguiente. Los fondos de quien no resultare adjudicatario, deberán ser devueltos al oferente respectivo, y no podrán ser gravados por impuesto o tasa alguna (Art. 562 del CPCC). Déjase expresamente establecido que se admite la cesión de boleto y que se encuentra admitida la compra en comisión (arg. Art. 21 de la Ac. 3604). En caso de compra en comisión, deberá indicarse el nombre del comitente al momento de inscribirse como postor en la subasta decretada en autos, debiendo ambos (comisionista y comitente) encontrarse previamente inscriptos en el Registro General de Subastas Judiciales (Art. 582 CPCC y Art. 21 de la Ac. 3604). En su caso, deberá ratificarse lo actuado, mediante escrito suscripto por ambas partes (comisionista y comitente), en el plazo de cinco días de aprobado el remate (Art. 581 del CPCC). En caso de incumplimiento, se lo tendrá al comisionista por adjudicatario definitivo. Se fija la fecha para la audiencia de adjudicación prevista por el art. 38 de la Acordada 3604 para el día 25 de noviembre de 2021, en la misma quien resulte adquirente deberá presentarse con el formulario de inscripción a la subasta, el comprobante del pago de depósito en garantía, constancia de código de postor y demás instrumentos que permitan su individualización como comprador en subasta y constituir domicilio procesal y electrónico en los términos del Art. 40 del CPCC, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado (Art. 41 del CPCC). Quien resulte adquirente deberá adjuntar en la referida audiencia y en concepto de seña el treinta por ciento (30%) del monto que resultare vencedor; el 3% en concepto de honorarios a cargo de cada parte -Art. 54, inc.I.a (con más el 10% de dicha suma en concepto de aportes previsionales y la alícuota de IVA si estuviera inscripto) y abonar el 1,2% del monto de subasta en concepto de impuesto de sellos. Una vez aprobada la rendición de cuentas presentada por el martillero y dentro de los cinco (5) días de aprobado el remate, sin necesidad de intimación previa, el adquirente deberá adjuntar el comprobante del saldo de precio en el Banco de la Provincia de Buenos Aires (Suc. Tribunales) a cuenta de autos y a orden del Juzgado, bajo apercibimiento de declararlo postor remiso. Si no se alcanzare el perfeccionamiento de la venta, por culpa del postor remiso, y se ordenare un nuevo remate, este último perderá todos los importes depositados y será responsable de la disminución del precio que se obtuviere en la eventual segunda subasta, de los intereses acrecidos y las costas causadas por ese motivo (Art. 585, CPCC.). En caso de existir más de un postor, y habiéndose declarado al vencedor en la puja como “postor remiso”, se considerará vencedor al postor que hubiese realizado la segunda mejor oferta, siempre que el mismo haya realizado la correspondiente reserva de postura, a quien se llamará a ratificarla, siempre que la misma sea igual o superior al noventa y cinco por ciento (95%) de la oferta primera. En caso de ratificación de la oferta, continuará con el procedimiento previsto; caso contrario se seguirá el procedimiento descripto hasta que alguno de los oferentes ratifique su oferta. Quien resulte comprador definitivo del bien deberá realizar la actividad judicial y extrajudicial necesaria e inscribir, en un plazo no superior a los 60 días desde una vez satisfecho el saldo del precio, la compra en subasta judicial del inmueble realizado, bajo apercibimiento de imponer multa hasta tanto se acredite en autos su efectivo cumplimiento (Art. 37 y 166 inc. 7° del CPCC). El adquirente en la subasta deberá pagar además del precio, las deudas por expensas comunes, en la medida que el precio de la cosa no alcance para ello (Art. 17 Ley 13512; cfr. SCJBA., Ac. 65168 del 13-7-1999, DJBA. to.157, pag. 4771) y los impuestos, tasas, contribuciones a partir de la posesión. Visitar los días 18, 19 y 20 de octubre de 2021 de 14:00 a 17:00 hs. San Isidro 21 de mayo de 2021. Secretario. jun. 23 v. jun. 25

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