El Gobierno no renovó la “doble indemnización”, por lo que a partir del 1 de julio de 2022, los incrementos extraordinarios aplicables a las indemnizaciones por despidos sin causa o por causa falsa o injustificada, quedan sin efecto.
Recordemos que, la la doble indemnización por despido, fue implementada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Número 34 del año 2019 que, dispuso la duplicación de indemnizaciones para los casos de despidos sin causa o por una causa injustificada, ocurridos desde el 13 de diciembre de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2021 (según prórrogas). A través del DNU 886/2021, se implementó una disminución escalonada del incremento, desde el 1 de enero de 2021 y hasta el 30 de junio de 2022.
En esta orientación, el Decreto de Necesidad y Urgencia 886/2021 publicado en el Boletín Oficial con fecha 24/12/2021, estableció una atenuación de la duplicación disponiendo que, en el caso de despido sin causa, el trabajador afectado tendría derecho a percibir, desde el 1º de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2022, un incremento equivalente al 75 % (setenta y cinco por ciento) del monto de la indemnización correspondiente; a partir del 1º de marzo de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022 un incremento del 50 % (cincuenta por ciento) de la indemnización; y desde el 1º de mayo de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022 un incremento del 25 % (veinticinco por ciento) de la indemnización respectiva; aclarando que el monto correspondiente al incremento no podía exceder, en ningún caso, la suma de $ 500.000 (pesos quinientos mil).
Incremento Indemnizatorio:Aplicación temporal |
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Inicio Vigencia | Fin Vigencia | Porcentaje de Incremento * |
13/12/2019 | 31/12/2021 | 100 % |
1/01/2022 | 28/02/2022 | 75 % |
1/03/2022 | 30/04/2022 | 50 % |
1/05/2022 | 30/06/2022 | 25 % |
1/07/2022 | No corresponde incremento | |
* Con el límite de $ 500.000 para los despidos efectuados desde el 23/01/2021, según decreto 39/2021. |
¿ A que trabajadores les correspondía el incremento ?
? El incremento indemnizatorio, debía ser percibido por aquellos trabajadores despedidos sin causa o por una causa injustificada desde el 13 de diciembre de 2019.
? Como la norma no discrimina, entendemos es de aplicación tanto a despidos directos como indirectos.
? No se aplica al despido con causa, al despido por fuerza mayor o falta o disminución de trabajo, a la extinción por mutuo acuerdo, a la extinción por cumplimiento de plazo (contrato a plazo fijo) o por realización de tarea (contrato eventual).
¿ Que rubros correspondía duplicar ?
La duplicación, comprendía todos los rubros indemnizatorios originados con motivo de la extinción incausada del contrato de trabajo.
Por lo tanto -a nuestro criterio-, se duplican:
- Indemnización por antigüedad o despido Art. 245 LCT
- Indemnización sustitutiva de preaviso Art. 232 LCT
- Integración del mes de despido Art. 233 LCT
- Indemnización por maternidad Art. 178 LCT
- Indemnización por matrimonio Art. 182 LCT
- Indemnización por tutela sindical Art. 52 Ley 23.551
- Indemnizaciones por despido, preaviso o integración del mes del despido en estatutos especiales.
Fin de la medida y sus causas.
Al no ser prorrogados los decretos respectivos, los incrementos indemnizatorios extraordinarios quedan sin efecto a partir del 1 de julio de 2022, por lo que las indemnizaciones por despidos injustificados, vuelven a sus valores normales establecidos en la Ley de Contrato de Trabajo y en los estatutos y/o regímenes especiales respectivos.
Los incrementos indemnizatorios extraordinarios quedan sin efecto a partir del 1 de julio de 2022, por lo que las indemnizaciones por despidos injustificados, vuelven a sus valores normales establecidos en la Ley de Contrato de Trabajo y en los estatutos y/o regímenes especiales respectivos.
Según dichos de la vocera presidencial Gabriela Cerruti en conferencia de prensa del día jueves 30 de junio de 2022: “La doble indemnización fue una medida que se tomó durante la pandemia”, y que en la actualidad “tenemos números de empleo que muestran que el desempleo sigue bajando, que se siguen creando empleos, 20.000 por mes”. Ese crecimiento del empleo, dijo, “nos permite considerar que hay una nueva situación en la que lo que tenemos que seguir haciendo es promover la creación de empleo formal y las mejores paritarias”.
Fuente: Conferencia de prensa vocera presidencial Gabriela Cerruti del 30/06/2022 – Casa Rosada – República Argentina.
Indemnización por Despido.
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