Programa para formalizar al Personal de Casas Partículares (ex servicio doméstico).

Por medio del decreto 660/2021, publicado en el Boletín Oficial el 28 de septiembre de 2021 y la Resolución del Ministerio de Trabajo Número 657/2021 publicada con fecha 25 de octubre de 2021, se dispuso la creación y reglamentación del programa de incentivo a la formalización en el sector del Personal de de Casas Particulares, denominado “Registradas”, que busca recuperar empleos perdidos durante la pandemia de COVID-19, apoyar a los empleadores y, contribuir a una mayor formalización en el sector.

Mediante el nuevo programa, el Estado le entregará a trabajadores de casas particulares, una suma de dinero fija durante 6 meses a cuenta del pago de las remuneraciones que realizará la parte empleadora, con lo que se busca reducir la informalidad, garantizar el acceso y permanencia a un empleo registrado e incentivar la bancarización.

La inscripción al programa, deberá ser solicitada por el empleador y estará abierta hasta el 31 de diciembre de 2021.

La inscripción al programa, deberá ser solicitada por el empleador y estará abierta hasta el 31 de diciembre de 2021.

Se inscribirá al trabajador en la AFIP y se pagarán los aportes y contribuciones.

Para los empleadores cuyos ingresos brutos sean menores a $ 122.500, el porcentaje del sueldo que pagará el Estado, será del 50 % de la remuneración neta mensual.

Cuando el ingreso sea de entre $ 122.500 y $ 175.000, el porcentaje que pagará el Estado, será del 30 % de la remuneración neta mensual.

Solo podrán ingresar al programa, los empleadores que hayan obtenido ingresos brutos de cualquier naturaleza, cuyo promedio mensual sea igual o inferior a la suma de $ 175.000, durante los 12 meses calendario inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del Decreto 660/2021 (28/09/2021).

El Estado, le transferirá al trabajador de casas particulares, durante un periodo de 6 meses, una suma de dinero fija de entre el 30 % y el 50 % del salario neto mensual.

La parte empleadora, le transferirá a la trabajadora, el porcentaje restante del sueldo que corresponda. 

El beneficio, no podrá superar los $ 15.000 mensuales, y el programa es compatible con la Asignación Universal por Hijo, Asignación Universal por Embarazo, Tarjeta Alimentar, Progresar, Potenciar Trabajo y otros.

El empleador, debe asumir la obligación de mantener el puesto de trabajo los 4 meses posteriores a la finalización del beneficio.

Para calificar, las trabajadoras deben dedicar un mínimo de 12 horas semanales declaradas por la parte empleadora y realizar tareas enmarcadas dentro de las categorías “Personal para tareas específicas”, “Caseros y caseras”, “Asistencia y cuidado de personas” o “Personal para tareas generales”. 

Fuente: TELAM y Boletín Oficial de la República Argentina.

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